Afiliaciones
Aportantes
Empresas
Explica el proceso y beneficios para que las empresas se afilien a Comfacor, facilitando el acceso a servicios de bienestar social para sus empleados.
Personas pensionadas
Detalla cómo los pensionados pueden afiliarse para disfrutar de servicios y programas diseñados para ellos.
Personas independientes
Informa a trabajadores independientes sobre cómo acceder a los beneficios sociales ofrecidos por Comfacor.
Trabajadores y grupo Familiar
Formularios personas
Reúne formularios para subsidios, proveedores, desempleo, créditos sociales, incluyendo afiliaciones, solicitudes y autorizaciones.
Renovaciones
Esta sección guía a los usuarios sobre cómo realizar el proceso de renovación de su afiliación a Comfacor para seguir disfrutando de los beneficios ofrecidos.
Reportar novedades
Los afiliados podrán reportar cambios en su situación laboral, personal o familiar, actualizaciones en ingresos o cambios de beneficiarios.
Fuerza pública
Información sobre los servicios y beneficios dirigidos a veteranos de las fuerzas armadas, acceso a programas sociales, educativos y recreativos.
Aportes 4%
Nota General: Es importante mencionar que si una persona diferente al representante legal, va hacer estas solicitudes o trámites ante la Caja a nombre de la empresa, debe presentar oficio formal en el cual el representante legal le de autorización para realizar dichos tramites.
- Fecha de vencimiento de pagos
- Morosidad e inexactitud en pago de aportes
- Devolución o traslado de aportes
- Operador PILA
Subnivel | Nivel |
---|---|
00 al 07 | 2° día hábil del mes |
08 al 14 | 3° día hábil del mes |
15 al 21 | 4° día hábil del mes |
22 al 28 | 5° día hábil del mes |
29 al 35 | 6° día hábil del mes |
36 al 42 | 7° día hábil del mes |
43 al 49 | 8° día hábil del mes |
50 al 56 | 9° día hábil del mes |
57 al 63 | 10° día hábil del mes |
64 al 69 | 11° día hábil del mes |
70 al 75 | 12° día hábil del mes |
76 al 81 | 13° día hábil del mes |
82 al 87 | 14° día hábil del mes |
88 al 93 | 15° día hábil del mes |
94 al 99 | 16° día hábil del mes |
- Los aportantes y los pagadores de pensiones cuyo número de cotizantes y/o pensionados se encuentre en la siguiente tabla deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas:
Número de cotizantes | Rango |
---|---|
20 o más cotizantes | 2° día hábil del mes |
10 o más cotizantes | 6 meses después de la entrada en vigencia del presente decreto |
5 o más cotizantes | 9 meses después de la entrada en vigencia del presente decreto |
3 o más cotizantes, para municipios con categorías diferentes a 5 y 6 | 15 meses después de la entrada en vigencia del presente decreto |
- Los cotizantes independientes cuyo ingreso base de cotización se encuentre en la siguiente tabla deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA, mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas:
Rango de ingresos | Base de cotización |
---|---|
Mayor o igual a 5 smlmv | 3 meses después de la entrada en vigencia del presente decreto |
Mayor o igual a 4 smlmv | 6 meses después de la entrada en vigencia del presente decreto |
Mayor o igual a 2 smlmv para residentes en municipios con categoría diferente a 5 y 6 | 12 meses después de la entrada en vigencia del presente decreto |
Ten presente que en Comfacor realizamos gestión de cobro de aportes, la cual consiste en una serie de acciones que tienen como fin recaudar los recursos de los empleadores que no cancelan oportunamente la obligación.
Todo empleador que deja de aportar a partir de un mes adquiere el estado de moroso. Para que no te pase. A continuación te contamos cuáles son los casos en los que un empleador puede presentar morosidad:
- No realizar el pago de aportes por ningún trabajador de la empresa.
- No realizar el pago de aportes por algunos trabajadores.
- Realizar el pago de los aportes por un menor valor del que debía pagar por uno o varios de los trabajadores.
Recuerda:
- Siempre ten presente la fecha de vencimiento para el pago de los aportes de acuerdo con los últimos dígitos de tu NIT o documento de identificación.
- Es importante que sepas que el incumplimiento con el pago oportuno de tus aportes como empleador, puede generar el retiro de tu afiliación, acciones jurídicas de cobro y adicionalmente, Comfacor está obligado a reportar mensualmente los empleadores que se encuentren en situación de morosidad a los entes de control como Ministerio del Trabajo, a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP y a la Superintendencia del Subsidio Familiar, quienes te podrán realizar requerimientos por las novedades de mora que presentes.
- El incumplimiento del pago de aportes genera a tus trabajadores beneficiarios de la cuota monetaria una disminución de sus fuentes de ingresos, que es tan importante en el estado de emergencia sanitaria actual y en cualquier momento.
Certificado de Aportes de Años Específicos
- Solicitud formal debidamente firmada por el representante Legal de la empresa dirigida a la Gerencia de Subsidio Familiar de Comfacor, en la petición debe ser especificado las vigencias o periodos requeridas a certificar; en caso de que el solicitante no sea el representante legal, debe enviar poder especial debidamente formalizado para dicho requerimiento.
- Copia del documento de identidad del representante legal o persona autorizada.
- Copia de Cámara de comercio de la empresa no mayor a 30 días, renovada a vigencia 2023
- Rut de la Empresa actualizado (De ser necesario de acuerdo a la Naturaleza de la Empresa)
Certificado de Aportes (Uniones Temporales, Consorcios o Entidades que contraten con el Estado)
- Carta de solicitud donde se exponga el caso, debidamente firmada por el representante legal en caso de que el solicitante no sea el representante legal, debe enviar poder especial debidamente formalizado para dicho requerimiento.
- Copia del documento de identidad del representante legal o persona autorizada.
- Rut del consorcio o Unión Temporal, donde se pueda verificar representación legal.
- Carta Consorcial o Unión Temporal
- Copia del contrato.
- Copia del Acta de inicio del contrato.
- Copia del Acta final del contrato.
- Copia de actas de suspensión y reinicio, si se presentaron durante la ejecución del contrato.
- Copia de Prórroga del contrato, si se presentaron durante la ejecución del contrato.
- Planillas Pila detallada de pago de aportes parafiscales de los periodos de ejecución del contrato.
Devolución de Aportes
- Solicitud formal debidamente firmada por el representante Legal de la empresa dirigida a la Gerencia de Subsidio Familiar de Comfacor, en la cual debe ser expuesto el caso de forma detallada, así mismo los Trabajadores, periodos requeridos; en caso de que el solicitante no sea el representante legal, debe enviar poder especial debidamente formalizado para dicho requerimiento.
- Copia del documento de identidad del representante legal o persona Autorizada
- Copia de la planilla Única (PILA) detallada de pago de aportes parafiscales.
- Copia del contrato del trabajador (Aplica en caso de que la fecha de afiliación no sea coincidente con los aportes solicitados, así mismo para validación de Lugar de cumplimiento de las funciones) (Los requisitos de Certificación de Afiliación y Copia del Contrato aplican solo para cuando la Devolución de Aportes es directamente a otra Administradora).
- Certificación de afiliación del trabajador a la caja de compensación donde se encuentra afiliado, con nombre, documento de identidad, fecha de afiliación, fecha de ingreso y estado. No Aplica Documento diferente al antes indicado
- Cámara de comercio de la empresa no mayor a 30 días, renovada a vigencia 2023
Rut de la Empresa actualizado (De ser necesario de acuerdo a la Naturaleza de la Empresa)
Nota: Cuando el caso corresponda a devoluciones de Aportes realizadas directamente al Empleador, debe Anexar Certificado Bancario a nombre de la empresa no mayor a 6 meses, este requisito es adicional a los establecidos anteriormente teniendo en cuenta las observaciones de cuando aplican los mismos.
ARUS
Roberto Chacon: +57 3176418716
Subsidio Familiar
¿Qué es el Subsidio Familiar Monetario?
El subsidio familiar monetario es un beneficio que se le otorga a los trabajadores afiliados a la caja de Compensación, por sus beneficiarios a cargo (hijos, Hijastros, padres mayores de 60 y Hermanos huérfanos), cuyos ingresos salariales no superan los 4 Salarios Mínimos Legales Vigentes. Por otra parte, un trabajador afiliado, cuyo empleador esté al día en los pagos de aportes parafiscales, disfruta de los siguientes beneficios:
Beneficios
Subsidio mensual, que para el año 2024 es de $52.800, por cada beneficiario que tenga derecho a recibirlo.
Auxilio funerario en caso de fallecimiento de algunos de los beneficiarios.
Acceso a servicios de turismo, cultura, recreación y deportes a tarifas subsidiadas según categoría de afiliación.
Acceso al servicio de educación en nuestro Colegio Comfacor y en nuestro Instituto de Formación y Capacitación Comfacor con tarifas subsidiadas, según categoría de afiliación.
Subsidio Mensual
Subsidio mensual, que para el año 2024 es de $52.800, por cada beneficiario que tenga derecho a recibirlo.
Auxilio Funerario
Es una prestación adicional entregada por única vez a los afiliados de categoría A y B, que consiste en un auxilio que se reconoce a quien ha demostrado haber asumido los gastos fúnebres de un trabajador o persona a cargo afiliado a la Caja de Compensación Familiar.
Subsidio de Vivienda
Acceso al Subsidio de Vivienda Comfacor.
Educación Comfacor
Acceso al servicio de educación en nuestro Colegio Comfacor y en nuestro Instituto de Formación y Capacitación Comfacor con tarifas subsidiadas, según categoría de afiliación.
Tipos de subsidios Monetarios
- Subsidio Cuota Agraria
- Subsidio por beneficiarios discapacitados
- Cuota extraordinaria por fallecimiento
- Auxilio Funerario (Subsidio en Especie)
Subsidio Cuota Agraria
Se reconoce a los trabajadores de empresas con actividad económica registrada dentro del sector agropecuario un quince por ciento (15%) adicional, sobre la cuota de subsidio monetario recibida por cada una de sus personas a cargo beneficiarias de subsidio. Esta actividad económica debe estar contemplada en la Cámara y Comercio y quedará registrada al momento de vincular la empresa a la Caja de Compensación.Subsidio por beneficiarios discapacitados
Es el reconocimiento del pago doble de la cuota monetaria que se otorga al trabajador, por los hijos, hijastros, hermanos huérfanos y padres que presenten discapacidad o capacidad física disminuida que les impida trabajar, por lo que, causarán doble cuota del valor del subsidio monetario vigente, sin limitación de su edad. El trabajador beneficiario deberá demostrar que las personas se encuentran a su cargo y conviven con él.
Cuota extraordinaria por fallecimiento
Es la cuota monetaria que se cancela a los afiliados de categoría A y B en caso del fallecimiento del trabajador o de una persona a cargo, esté se pagará al trabajador o a la persona que acredite haberse responsabilizado de la guarda, sostenimiento o cuidado de las personas a cargo del fallecido en caso de defunción del trabajador.- ✓ Descarga y diligencia el formulario
- ✓ Fotocopias de cédula del trabajador.
- ✓ Fotocopias del documento de identidad del fallecido.
- ✓ Original y copia de Registro civil de defunción o certificado de defunción de Notaría.
- ✓ En caso de solicitud de auxilio funerario por trabajador o beneficiario presentar factura de gastos fúnebres.
- ✓ En caso de fallecimiento del trabajador presentar Copia del Registro Civil de Nacimiento de los beneficiarios por quienes se solicita (Aquellos por quienes percibió cuota monetaria en el mes del fallecimiento).
- ✓ Formato Único para Declaración Juramentada (Solo aplica para cuando la madre biológica de los menores no convive con el trabajador fallecido).
- ✓ En caso de fallecimiento del trabajador presentar custodia legal emitida por la entidad competente (I.C.B.F, Comisaria o Juzgado de Familia), a favor del solicitante sino es el padre o madre biológico del beneficiario.
Auxilio Funerario (Subsidio en Especie)
Es una prestación adicional entregada por única vez a los afiliados de categoría A y B, que consiste en un auxilio que se reconoce a quien ha demostrado haber asumido los gastos fúnebres de un trabajador o persona a cargo afiliado a la Caja de Compensación Familiar.
Canales de atención Comfacor.
Si presentas un caso de inconsistencia en el pago de tu cuota, como por ejemplo: “no llegó el pago de la cuota”, “solo llegó el pago de un beneficiario”, entre otros casos parecidos, debes usar nuestros canales para colocar tu petición, queja o reclamo.
Sitio Web
Chat aquí en nuestra página web www.comfacor.com.co
Radicación de consultas, quejas, reclamos, sugerencias en www.comfacor.com.co/pqrs
Correo electrónico: atencionalcliente@comfacor.com.co
Líneas telefónicas
Línea gratuita nacional: 01 8000 413 758
Número de celular: +57 300 912 03 08
Preguntas frecuentes.
- Billetera digital Ahorro a la Mano de Bancolombia.
- Billetera digital Daviplata de Davivienda.
- Billetera digital Dale del banco de Bogotá.
Para realizar el cambio del medio de pago, donde recibe la cuota monetaria del Subsidio Familiar, el trabajador deberá descargar y diligenciar el Formato para solicitud de cambio en medio de pago y radicar su solicitud a través de los canales presenciales o virtuales ingresando a link tramite digital ,con los respectivos soportes anexos (Certificación Billetera digital, copia de la cedula trabajador y formato de cambio de medio de pago diligenciado).
Es importante, que tenga en cuenta que las siguientes son las opciones de medios de pago que se encuentran dispuesto por la Caja de compensación
- Pago por billetera digital
- Ahorro a la mano (Bancolombia)
- Daviplata (Banco Davivienda)
- Dale (Banco de Bogotá)
Sino tienes ninguna de las billeteras mencionadas, has clic en el siguiente enlace https://comfacor.com.co/cambiomediodepago/ en donde podrás seguir las indicaciones de como activar la billetera digital de tu preferencia. En Comfacor, nos preocupamos por tu bienestar.
Nota: no se aceptarán tachones o enmendaduras el formato diligenciado.
Si presenta alguna inquietud puedes comunicarte al Centro de Atención al Usuario (CAU) por los canales:
- Teléfono: +57 300 912 0308
- Línea gratuita nacional: 01 8000 413 758
Estimado afiliado: Si has dejado de cobrar la Cuota Monetaria en meses anteriores, puedes consultar con tu número de cédula si tienes subsidios girados no cobrados en el siguiente link www.comfacor.com.co/subsidios-no-cobrados.
Si presentas cuotas monetarias pendientes puedes solicitar el reintegro de estas a través de www.comfacor.com.co/PQRS o comunicándote con nuestras líneas telefónicas
+57 3009120308 – 018000413758.
Ingrese al siguiente enlace: comfacor.com.co/afiliacion-personas
- Diligencie completamente el formulario preferiblemente en letra imprenta o a máquina, sin tachones, enmendaduras, repisados, ni uso de corrector.
- Escriba correctamente el número de identificación del trabajador y el NIT del empleador.
- Antes de entregar el formulario, revise cuidadosamente la información suministrada y verifique que la documentación este completa, correcta y los soportes requeridos correspondan con los solicitados.
- No utilice números romanos en el diligenciamiento del formulario.
- Utilice siempre cuatro dígitos para el año y dos para el mes y día.
- En caso de quedar información o documentos pendientes debe diligenciar otro formato.
- Recuerde que no se deben dejar campos en blanco dentro del formulario.