Subsidio Familiar
CEl Subsidio Familiar es un beneficio reflejado en dinero (pago de cuota monetaria), en especie ( auxilio funerario) y servicios (tarifas subsidiadas en los servicios educación, vivienda, y créditos), a nuestros afiliados que ganan entre un salario mínimo hasta cuatro salarios mínimos, por cada persona a cargo, con el objetivo fundamental de brindar bienestar mediante el alivio de las cargas económicas en el sostenimiento de la familia.
Beneficios
De un trabajador afiliado, cuyo empleador esté al día en los pagos de aportes parafiscales.
Subsidio Mensual
Para el año 2022 es de $40.850, por cada beneficiario que tenga derecho a recibirlo
Auxilio Funerario
Se otorga en caso de fallecimiento de algunos de los beneficiarios
Subsidio de Vivienda
Acceso al Subsidio de Vivienda Comfacor.
Educación Comfacor
Acceso al servicio de educación en nuestro Colegio Comfacor y en nuestro Instituto de Formación y Capacitación Comfacor con tarifas subsidiadas, según categoría de afiliación.
Bienestar Comfacor
Acceso a servicios de turismo, cultura, recreación y deportes a tarifas subsidiadas según categoría de afiliación.
Tipos de subsidios Monetarios

Simultáneo
Podrán cobrar simultáneamente Subsidio Familiar, por los mismos hijos, el padre y la madre cuyas remuneraciones sumadas las dos, no excedan el equivalente a cuatro (4) veces el salario mínimo legal mensual vigente.
Si sus ingresos sobrepasan los cuatro (4) salarios mínimos, pero menos de (6) podrá cobrar subsidio monetario uno de los cónyuges o compañeros(as). Cuando al sumar los salarios excedan los (6) salarios mínimos, ninguno de los dos podrá cobrar Subsidio Familiar Monetario.
Auxilio Funerario: Amparo de vida para el trabajador o beneficiario
En caso de que el trabajador afiliado fallezca, Comfacor seguirá pagando durante 12 meses, el monto de la cuota monetaria por persona a cargo que recibía, a la persona que acredite la potestad de éstos.
Si una persona a cargo fallece, se pagará un subsidio extraordinario en el mes que esto ocurra, equivalente a 12 cuotas monetarias con el valor fijado de la cuota en el año del suceso.
- Descarga y diligencia el formulario
- Dos fotocopias de cédula del trabajador.
- Dos fotocopias del documento de identidad del fallecido.
- Original y copia de Registro civil de defunción emitido por la Registraduría Nacional o certificado de defunción de Notaría.
- En caso de solicitud de auxilio funerario por trabajador o beneficiario, presentar factura de gastos fúnebres.
- En caso de novedad de fallecimiento de trabajador, presentar adicionalmente: Custodia de persona a cargo y RC de Nacimiento de Beneficiario.


Doble por beneficios especiales
Sí una de las personas a cargo del trabajador afiliado, padece una discapacidad que le impida trabajar, tiene derecho a recibir doble cuota monetaria sin limitación de edad.
Especial para el sector Agropecuario
Se reconoce a los trabajadores de empresas con actividad económica registrada dentro del sector agropecuario un quince por ciento (15%) adicional, sobre la cuota de subsidio monetario recibida por cada una de sus personas a cargo beneficiarias de subsidio. Esta actividad económica debe estar contemplada en la Cámara y Comercio y quedará registrada al momento de vincular la empresa a la Caja de Compensación.

¿Dónde cobro mi cuota monetaria?
La caja de Compensación cuenta con los siguientes medios de pagos:
- Pago en efectivo: Convenio casa postal Supergiros a nivel nacional.
- Pago por Transferencia: El cual se realiza a una cuenta de ahorro personal del trabajador afiliado.
¿Cómo hago si deseo cambiar el medio de pago de del subsidio familiar monetario?
Si deseo realizar el cambio del medio de pago, donde recibo mi cuota monetaria del Subsidio Familiar, el trabajador puede realizar una solicitud escrita a través de los canales presenciales y virtuales www.comfacor.com.co/PQRS , en el cual nos indica que desea cambiar el medio de pago de la cuota monetaria.
- Pago por Transferencia: presentar la solicitud escrita indicando el cambio a realizar y debe anexar la certificación bancaria de la cuenta a nombre del trabajador con fecha de expedición no mayor a 30 días.
- Pago en efectivo: presentar la solicitud escrita indicando el cambio a realizar
Subsidios no cobrados
Estimado afiliado: Si has dejado de cobrar la Cuota Monetaria en meses anteriores, puedes consultar con tu número de cédula si tienes subsidios girados no cobrados para que te sean reintegrados. recibida por cada una de sus personas a cargo beneficiarias de subsidio. Esta actividad económica debe estar contemplada en la Cámara y Comercio y quedará registrada al momento de vincular la empresa a la Caja de Compensación.
¿Qué hago si tengo subsidios girados no cobrados?
Debes interponer una PQRS formal en www.comfacor.com.co/PQRS solicitando el reintegro de los meses pendientes por pagar en la próxima liquidación del subsidio familiar monetario.
Canales de atención Comfacor

Si presentas un caso de inconsistencia en el pago de tu cuota, como por ejemplo: “no llegó el pago de la cuota” “solo llegó el pago de un beneficiario” entre otros casos parecidos, debes usar nuestros canales para colocar tu petición, queja o reclamo. De igual manera, si no alcanzaste a retirar tu cuota antes del 12 de agosto en Efecty, realiza la petición en:
Sitio Web
Chat aquí en nuestra página web www.comfacor.com.co
Radicación de consultas, quejas, reclamos, sugerencias en www.comfacor.com.co/pqrs
Correo electrónico: atencionalcliente@comfacor.com.co
Líneas telefónicas
Línea gratuita nacional: 01 8000 413 758
Número de celular: 300 912 03 08
Canales de Atención Record

Si presentas un caso de insatisfacción en el servicio, como por ejemplo: mala atención, entrega incompleta del valor total de la cuota ($38.050), entre otros casos parecidos que tengan que ver directamente con ReCord, puedes colocar tu petición, queja o reclamo en:
Líneas telefónicas
Fijo: (4) 7916400 Ext: 222
Número de celular: 300 912 03 08
Sitio Web
www.record.com.co/contacto-2
Presencial
Calle 32 # 2-08 Centro, Montería – Córdoba
Certificados de estudio








Cómo afiliarte a Comfacor
- Diligencie completamente el formulario preferiblemente en letra imprenta o a máquina, sin tachones, enmendaduras, repisados, ni uso de corrector.
- Escriba correctamente el número de identificación del trabajador y el NIT del empleador.
- Antes de entregar el formulario, revise cuidadosamente la información suministrada y verifique que la documentación este completa, correcta y los soportes requeridos correspondan con los solicitados.
- No utilice números romanos en el diligenciamiento del formulario.
- Utilice siempre cuatro dígitos para el año y dos para el mes y día.
- En caso de quedar información o documentos pendientes debe diligenciar otro formato.
- Recuerde que no se deben dejar campos en blanco dentro del formulario.
Afíliate en linea aquí
Normatividad
Encuentra en este espacio las leyes, decretos, circulares o resoluciones asociadas al Subsidio Familiar y aportes.
- Ley 21 del 1982
- Ley 789 de 2002
- Ley 1429 de 2010
- Ley 1643 de 2013
- Decreto 827 de 2003
- Decreto 1377 de 2013
- Decreto 2616 de 2013
- Decreto 489 de 2013
- Decreto 867 de 2014
- Decreto 1072 de 2015
- Decreto 1990 de 2016
- Decreto 923 de 2017
- Decreto 948 de 2018
- Decreto 1273 de 2018
- Resolución 1040 de 2012
- Resolución 2082 de 2016
- Resolución 2388 de 2016
- Resolución 583 de 2018
- Circular Externa 007 de 2009
- Circular Externa 002 de 2016
- Resolución 3016 de 2017
- Decreto 780 de 2016
- Decreto 3033 de 2013
- Decreto 721 de 2013
- Manual para la gestión de cobro a empleadores morosos e inexactos en los aportes parafiscales