Participación ciudadana
Bienvenidos al Menú Participa
¿Qué es el menú participa?
El Menú Participa es lo que se conoce como un menú destacado o principal, que debe ir alojada en la página inicial de los sitios webs de las entidades públicas o privadas que cumplan funciones públicas o los sujetos obligados enumerados en el artículo 5 de la ley 1712 de 2014 a fin de garantizarles a los ciudadanos la información sobre los mecanismos que ofrece cada entidad para una participación efectiva.
PARTICIPACION CIUDADANA CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE CORDOBA
La Ley 1712 de 2014, regula el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho a la publicidad de información y en su ámbito de aplicación al definir la calidad de sujetos obligados, establece como tal las entidades que administren instituciones parafiscales, fondos o recursos de naturaleza u origen público.
Las Cajas de compensación familiar como es el caso de COMFACOR, administran la contribución parafiscal del Subsidio Familiar, por tal motivo son sujetos obligados a la aplicación de dicha normatividad, sin embargo, dado la naturaleza jurídica de las cajas de compensación familiar, al ser personas jurídicas de derecho privado y tener un objeto social especial, debe delimitarse el campo de acción de este derecho.
Es pertinente indicar que si bien es cierto la Resolución No. 0001519 de 24 de agosto de 2020 define los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos, también señala que los sujetos obligados deberán publicar la información que le corresponda, conforme con los lineamientos específicos que expida el Departamento Administrativo de la Función Pública.
El Departamento Administrativo de la función pública, específicamente respecto al contenido del menú participa, que debe desplegarse en las páginas web de los sujetos obligados ha señalado que requiere los siguientes componentes: i)Participación para el diagnóstico de necesidades e identificación de problemas; ii) Planeación y presupuesto participativo; iii) Consulta ciudadana; iv) Colaboración e innovación abierta; iv) Rendición de cuentas; y v) Control social.
No obstante, una vez revisado el documento denominado “Lineamiento para publicar información en el Menú Participa sobre participación ciudadana en la gestión pública”, encontramos que se hace la siguiente aclaración: “Es preciso anotar que no todos los contenidos propuestos en cada sección del Menú Participa son de carácter obligatorio para la entidad implementadora, es decir será opcional la puesta en marcha de algunos de estos. Sucede, por ejemplo, con algunas empresas industriales y comerciales del Estado o Sociedades de Economía Mixta, en esos casos.
Por ello el alcance de los contenidos y desarrollo de la participación ciudadana dentro de COMFACOR en razón a su naturaleza jurídica de Caja de Compensación Familiar y las particularidades de su marco normativo, son específicos al marco de sus actividades y servicios prestados y bajo las directrices de la Superintendencia del Subsidio Familiar, logrando el equilibrio entre el acceso a la información y a la participación ciudadana y el cumplimiento de los cometidos misionales de este tipo de entidades.
MARCO LEGAL
- Ley 1757 de 2015 “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática”
- Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”
- Ley 21 de 1982 “Por la cual se modifica el régimen del Subsidio Familiar y Se dictan otras disposiciones”
- La Resolución 1519 de 2020 del Ministerio de Tecnologías de la información y sus anexos técnicos
- Lineamientos para publicar información en el Menú Participa sobre participación ciudadana en la gestión pública.
- Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.”
¿Cuáles son las secciones que integran el menú participa?
Las secciones que integran el menú Participa son: I) Participación para el diagnóstico de necesidades e identificación de problemas; II) Planeación y presupuesto participativo; III) Consulta ciudadana; IV) Colaboración e innovación abierta; V) Rendición de cuentas y VI)Control social
La participación para el diagnóstico e identificación de problemas es la vinculación de ciudadanos e interesados en el proceso de recolección y análisis de información para identificar y explicar los problemas que les afecta directa o indirectamente con base en datos, ideas, hechos, experiencias y propuestas, lo que permite identificar las problemáticas y las necesidades de los grupos de valor de la entidad. (“Lineamiento para publicar información en el Menú Participa sobre participación ciudadana en la gestión pública”- expedidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública).
Teniendo en cuenta que las Cajas de Compensación Familiar, administran una contribución parafiscal de las empresas y empleadores colombianos denominada el Subsidio Familiar, lo cual significa que los recursos recaudados por esta contribución son invertidos en el mismo sector, es decir los trabajadores y sus familias, por lo que normativamente las Cajas tienen un sector poblacional especifico, que se beneficia de sus servicios y programas.
Por lo anterior el diagnostico respecto a los eventuales problemas en la prestación de los servicios de Comfacor se circunscribe a los trabajadores afiliados, beneficiarios o usuarios de sus servicios.
COMFACOR establece las siguientes herramientas para ejecutar esta sección de participación
- INVESTIGACIONES CUALITATIVAS Y CUANTITATIVAS
COMFACOR con el objetivo de conocer las necesidades y expectativas de los usuarios de sus servicios, emplea metodologías de investigación cuantitativa y cualitativas, con los usuarios de los servicios y subsidios, ello le permite tomar decisiones gerenciales para atender necesidades propias de su población objetivo, y establecer planes de mejora en la prestación de servicios etc.
- VOZ DEL AFILIADO Y/O CIUDADANO: es una metodología ideada por la Superintendencia del Subsidio Familiar para efectuar mediciones cuantitativas y cualitativas para determinar el nivel de satisfacción de los trabajadores afiliados a las Cajas de Compensación Familiar, que en el caso de COMFACOR se realiza específicamente en los siguientes servicios:
- Subsidio familiar
- Crédito social
- Subsidio de vivienda
- SISTEMA DE GESTION DE PQRSF
El sistema PQRSF (peticiones, quejas, reclamos, sugerencias) es una herramienta que ayuda a dar soluciones de forma ordenada a las solicitudes presentadas por los afiliados, beneficiarios y usuarios en general con respecto a los servicios ofertados por la corporación, lo que permite como entidad conocer de primera mano sus necesidades, inquietudes y percepciones, convirtiendo esta información en insumo para la mejora continua en la prestación de los servicios.
Desde cualquier dispositivo electrónico, ingresando a la pagina web de COMFACOR pueden interponer PQRSD.
La planeación y presupuestos participativos tienen como finalidad establecer asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos regionales, distritales, municipales y de las localidades, así como la fiscalización de la gestión.
Sin embargo este esquema de participación no es aplicable a COMFACOR, teniendo en cuenta que la naturaleza jurídica de una Caja de Compensación Familiar, es la de una entidad privada que administra una contribución parafiscal, es decir se administran recursos públicos, en los términos establecidos en la ley, lo que significa que son recursos con una destinación especifica y que deben invertirse en un sector poblacional delimitado normativamente, de tal manera que los presupuestos en las Cajas no se someten a un plan de desarrollo y por tanto no pueden abrirse a la opinión o consideración de la ciudadanía en general.
Los presupuestos de las Cajas de Compensación Familiar no se rigen por la ley orgánica del presupuesto o la ley del plan nacional de desarrollo, comoquiera se rigen por las disposiciones del artículo 2.2.7.5.4.1. del Decreto 1072 de 2015 y el numeral 24 del artículo 24 de la ley 789 de 2002, por el artículo 43 y otros de la Ley 21 de 1982.
Por lo tanto, esta forma de participación no es aplicable a las Cajas de Compensación Familiar como Comfacor.
La consulta a la ciudadanía es un mecanismo de participación que busca conocer las opiniones, sugerencias o propuestas, comentarios y aportes de los usuarios, ciudadanos y grupos de interés con respecto a los proyectos, normas, políticas, programas o trámites adelantados por la entidad antes de la formulación de estos o la toma de decisiones. (“Lineamiento para publicar información en el Menú Participa sobre participación ciudadana en la gestión pública”- expedidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública).
Es pertinente indicar que por la especial naturaleza jurídica de las Cajas de Compensación Familiar, en virtud de la cual son personas jurídicas de derecho privado, que administran recursos públicos con destinación especifica y sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia del Subsidio Familiar, todos las obras y programas que deben ejecutar las Cajas se rigen por lo establecido en la ley y por lo dispuesto por el órgano de vigilancia, de manera que no es aplicable la apertura a discusión ciudadana de programas y proyectos.
No obstante, lo anterior es pertinente establecer que COMFACOR, en lo que respecta a la evaluación de los programas, obras o proyectos cuenta coloca a disposición de los trabajadores afiliados y beneficiarios mecanismos a través de los cuales pueden expresar sus opiniones, sugerencias, niveles de satisfacción y propuestas u oportunidades de mejoras frente a los servicios prestados por COMFACOR.
- INVESTIGACIONES CUALITATIVAS Y CUANTITATIVAS
COMFACOR con el objetivo de conocer las necesidades y expectativas de los usuarios de sus servicios, emplea metodologías de investigación cuantitativa y cualitativas, con los usuarios de los servicios y subsidios, ello le permite tomar decisiones gerenciales para atender necesidades propias de su población objetivo, y establecer planes de mejora en la prestación de servicios etc.
- VOZ DEL AFILIADO Y/O CIUDADANO: es una metodología ideada por la Superintendencia del Subsidio Familiar para efectuar mediciones cuantitativas y cualitativas para determinar el nivel de satisfacción de los trabajadores afiliados a las Cajas de Compensación Familiar, que en el caso de COMFACOR se realiza específicamente en los siguientes servicios:
- Subsidio familiar
- Crédito social
- Subsidio de vivienda
- SISTEMA DE GESTION DE PQRSF
El sistema PQRSF (peticiones, quejas, reclamos, sugerencias) es una herramienta que ayuda a dar soluciones de forma ordenada a las solicitudes presentadas por los afiliados, beneficiarios y usuarios en general con respecto a los servicios ofertados por la corporación, lo que permite como entidad conocer de primera mano sus necesidades, inquietudes y percepciones, convirtiendo esta información en insumo para la mejora continua en la prestación de los servicios.
Desde cualquier dispositivo electrónico, ingresando a la página web de COMFACOR pueden interponer PQRSD.
https://web-cls14.inconcertcc.com/FormularioComfacor
Todas las opciones citadas, otorgan la posibilidad al trabajador afiliado o usuario de COMFACOR, de poder presentar propuestas, sugerencias o comentarios respecto a los servicios prestados o subsidios otorgados por COMFACOR.
La Colaboración e Innovación es definida como la interacción con la ciudadanía para la búsqueda de soluciones a problemáticas públicas con el conocimiento de los grupos de valor y así resolver los desafíos de las entidades, de modo que se establezcan redes de cooperación y sinergias que permitan comprender las problemáticas o necesidades de una población particular, abrir canales para recibir ideas y propuestas de solución y lograr la selección final de las más viables. (“Lineamiento para publicar información en el Menú Participa sobre participación ciudadana en la gestión pública”- expedidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública).
Como se ha descrito anteriormente la naturaleza jurídica de las Cajas de compensación Familiar es la de personas jurídicas de derecho privado que administran recursos públicos con destinación especifica y que su margen de acción aplica respecto a un sector poblacional delimitado, lo cual implica que la estructuración de soluciones o planes de mejora que se tracen para resolver los problemas o inconvenientes en materia de la prestación de sus servicios u otorgamiento de subsidios de ley o en general del cumplimiento de sus actividades, se realizan desde aquellas acciones permitidas por el ordenamiento jurídico y lo indicado por el órgano de control y vigilancia.
En todo caso como corporación estamos abiertos a las interacciones con los ciudadanos a través de PQRSF.
A través de todas las redes sociales de COMFACOR oficial.
La rendición de cuentas es entendida como el proceso conformado por un conjunto de normas, procedimientos, metodologías, estructuras, prácticas y resultados mediante los que las entidades de la administración pública del nivel nacional y territorial y los servidores públicos informan, explican y dan a conocer los resultados de su gestión a los ciudadanos, la sociedad civil, otras entidades públicas y a los organismos de control a partir de la promoción del diálogo. (“Lineamiento para publicar información en el Menú Participa sobre participación ciudadana en la gestión pública”- expedidos por el Departamento Administrativo de la Función Publica).
En el marco de la Ley 1757 de 2015 el proceso de rendición de cuentas esta previsto para entidades públicas, incluso en su artículo 50 de dicha ley se indica la obligatoriedad de este proceso para autoridades administrativas, es decir que en principio no es un proceso aplicable a las Cajas de Compensación Familiar, dada su naturaleza de personas jurídicas de derecho privado.
No obstante lo anterior la Superintendencia de Subsidio Familiar autoridad que ejerce la vigilancia a las Cajas de Compensación Familiar, expidió la Circular 00006 de 11 de septiembre de 2023 en virtud de la cual expide el régimen de transparencia de las Cajas de Compensación Familiar, indicando que “Las corporaciones promoverán la participación ciudadana, para ello de manera anual se realizará una rendición de cuentas por parte de las cajas de compensación familiar, con la finalidad de fortalecer la transparencia en el manejo de los recursos del sistema del subsidio familiar y el control de la ciudadanía sobre los recursos de los trabajadores y sus familias”
Por lo anterior se efectuará anualmente una rendición de cuentas dirigida a los trabajadores y beneficiarios del sistema del subsidio familiar, distinto a la Asamblea General de Afiliados que debe celebrarse cada año.
La asamblea general de las Cajas de Compensación Familiar está conformada por la reunión de las empresas afiliados hábiles o de sus representantes debidamente acreditados, comoquiera que uno de los requisitos para la creación de Cajas es Tener un mínimo de quinientos (500) empleadores obligados a pagar el subsidio familiar por conducto de una Caja o alternativamente agrupar un número de empleadores que tengan a su servicio un mínimo de diez mil (10.000) trabajadores afiliados.
Asimismo, el artículo 56 de la Ley 21 de 1982, señala que el gobierno reglamentará los sistemas de votación de las Asambleas Generales de las Cajas de Compensación.
El artículo 46 de la Ley 21 de 1982, toda Caja de compensación Familiar estará dirigida por la Asamblea General de Afiliados, el Consejo Directivo y el Director Administrativo y en lo que respecta específicamente a las funciones de la Asamblea General, el artículo 47 de la Ley 21 de 1982 en su numeral 4 establece como función “Aprobar u objetar los balances, estados financieros y cuentas de fin de ejercicios y considerar los informes generales y especiales que presente el Director Administrativo”. Adicionalmente el numeral 6 del artículo 55 de la ley 21 de 1982 establece como función del Director Administrativo de las Cajas “Presentar a la Asamblea General el informe anual de labores, acompañado de los balances y estados financieros del correspondiente ejercicio.”
Lo anterior para indicar que la reunión ordinaria de la Asamblea General de las Cajas de Compensación Familiar se define por ley, y es un ejercicio normal de una estructura societaria, lo cierto es que de alguna manera constituye una rendición de cuentas a los empresarios y empleadores de la región respecto a la inversión de los recursos que les corresponde pagar periódicamente a las Cajas en virtud de la contribución parafiscal del Subsidio Familiar.
Es decir que las Asambleas General de afiliados de alguna manera constituye una rendición de cuentas sobre la gestión anual de la Caja de Compensación Familiar, y el derecho a participar esta reunión la otorga la calidad de empleador afiliado.
El control social es entendido como el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados de acuerdo con lo establecido en la regulación aplicable y correcta utilización de los recursos y bienes públicos. El concepto ampliado lo brindan los artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015.
Teniendo en cuenta que los procesos de participación ciudadana en las Cajas de Compensación Familiar se circunscriben a los trabajadores afiliados y sus beneficiarios, la vigilancia de la gestión se realizará a través de los siguientes mecanismos.
- Acceso a la información publicada en la página web
- PQRSD
- Rendición de cuentas dirigida a los trabajadores afiliados y sus beneficiarios
- Asamblea General de Afiliados
¿Cómo se puede participar?
El Departamento Administrativo de la Función pública expidió el documento denominado “Lineamiento para publicar información en el Menú Participa sobre participación ciudadana en la gestión pública”, encontramos que se hace la siguiente aclaración: “Es preciso anotar que no todos los contenidos propuestos en cada sección del Menú Participa son de carácter obligatorio para la entidad implementadora, es decir será opcional la puesta en marcha de algunos de estos”
Por lo anterior y en virtud de la especial naturaleza jurídica de la Caja de Compensación Familiar de Córdoba – COMFACOR, que de conformidad con el artículo 39 de la Ley 21 de 1982, es una persona jurídica de derecho privado sin ánimo de lucro, organizadas como corporaciones en la forma prevista en el Código Civil, con funciones de seguridad social, específicamente la administración del subsidio familiar, la participación ciudadana se enmarca en las dinámicas propias de su objeto misional y de la vigilancia que ejerce la Superintendencia del Subsidió Familiar.
Canales de atención
Línea nacional: 01 8000 41 37 58
Línea Móvil: +57 300 9120308
WhatsApp: + 57 320 5702826
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Carrera 7 #10-64, Centro Comercial Planeta Plaza – Local 220 Planeta Rica – Córdoba
Carrera 15A #16-61 barrio San Roque Sahagún -Córdoba
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Carrera 15 N° 8-40 Edificio CAMI – Tierralta – Córdoba